El sistema de salud en Colombia inició el 2026 con una actualización oficial en los valores que los usuarios deben asumir por concepto de copagos y cuotas moderadoras. La medida quedó establecida mediante la Circular Externa 048 de 2025 del Ministerio de Salud y Protección Social, y aplica de manera obligatoria para todas las EPS e IPS del país.
Este ajuste busca garantizar reglas claras, técnicas y uniformes en el cobro de los servicios de salud, protegiendo la capacidad de pago de los usuarios y evitando incrementos desproporcionados.
Un cambio clave: adiós al salario mínimo, llega la UVB
Una de las principales novedades para 2026 es que las tarifas ya no se calculan con base en el salario mínimo, sino en la Unidad de Valor Básico (UVB), definida como el instrumento técnico para indexar cobros y tarifas del sistema.
Para este año, la UVB fue fijada en $12.110, según la Resolución 3488 del 31 de diciembre de 2025 del Ministerio de Hacienda. Este indicador se ajusta de acuerdo con el IPC sin alimentos ni regulados, permitiendo que los costos de la atención en salud evolucionen de forma más acorde con el costo de vida real.
Cuotas moderadoras: cuánto se paga en 2026
La cuota moderadora es el valor que pagan los afiliados cotizantes y sus beneficiarios cada vez que acceden a servicios como consultas médicas generales, especializadas o entrega de medicamentos. Para 2026, los valores aproximados quedaron así, según el nivel de ingresos:
- Ingresos menores a 2 SMLMV: $5.000
- Ingresos entre 2 y 5 SMLMV: $20.100
- Ingresos superiores a 5 SMLMV: $52.800
Estos montos aplican en el régimen contributivo y buscan racionalizar el uso de los servicios sin convertirse en una barrera de acceso.
Copagos para servicios de mayor complejidad en 2026
A diferencia de la cuota moderadora, el copago corresponde a un aporte para financiar parcialmente servicios de mayor complejidad, como cirugías, procedimientos especializados u hospitalizaciones. En el régimen contributivo, estos pagos solo aplican a los beneficiarios y cuentan con topes máximos por evento y por año.
Porcentajes y topes por evento
- Ingresos menores a 2 SMLMV:
Pagan el 11,5 % del valor del servicio, con un tope máximo de $373.715 por evento. - Ingresos entre 2 y 5 SMLMV:
Pagan el 17,3 %, con un tope máximo de $1.497.644 por evento. - Ingresos superiores a 5 SMLMV:
Pagan el 23 %, con un tope máximo de $2.995.409 por evento.
Topes anuales de copagos
Cuando un beneficiario requiere múltiples atenciones en el año, el sistema también establece límites acumulados:
- Menores a 2 SMLMV: hasta $748.882 al año.
- Entre 2 y 5 SMLMV: hasta $2.995.409 al año.
- Mayores a 5 SMLMV: hasta $5.990.696 al año.
Régimen subsidiado: reglas y límites de copagos
Para los afiliados al régimen subsidiado, el Ministerio de Salud recordó que no se deben cobrar cuotas moderadoras por citas o servicios básicos. No obstante, sí se permiten copagos en servicios de alta complejidad, bajo límites estrictos:
- El cobro no puede superar el 10 % del valor total del servicio.
- Tope máximo por evento: $651.155.
- Tope máximo anual: $1.302.309.
Estas reglas buscan evitar cargas económicas excesivas para la población más vulnerable del sistema.
Lo que deben saber los usuarios
Las tarifas definidas para 2026 son de cumplimiento obligatorio en todo el territorio nacional desde el 1 de enero. Si un usuario detecta cobros superiores a los establecidos, puede presentar la respectiva queja ante su EPS o ante los canales oficiales de vigilancia del sistema de salud.
Según el Ministerio de Salud, estos ajustes permiten mantener la sostenibilidad del sistema sin afectar el acceso oportuno y equitativo a los servicios médicos.
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